POLITICA DEL SISTEMA DE AUTOCONTROL Y GESTIÓN DEL RIESGO INTEGRAL DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA – SAGRILAFT”.

 

 

ORIGEN

Versión (Actualización) Manual que incluye las políticas asociadas al Capitulo X de la Circular Básica Jurídica 100-000005 de 2017, modificada integralmente por la Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, y demás normas que la modifiquen o sustituyan, emitida por la Superintendencia de Sociedades.
  

1. Objetivos

La Política SAGRILAFT para GYJ FERRTERIAS S.A.., es fomentar la cultura en todos los empleados y terceros (grupo vinculantes) que tienen relación con actividades con la empresa, con el fin de garantizar el cumplimiento de las operaciones, de acuerdo a los principios éticos, evitando, previniendo y detectando actividades que expongan a la empresa al riesgo LA/FT/FPADM,  mediante el uso de herramientas y procedimiento efectivos que permitan gestionar los  riesgos aceptados por la empresa. 

Con el fin de asegurar el cumplimiento de los mismos de acuerdo a los principios éticos, y buenas prácticas empresariales, con enfoque basado en riesgos  teniendo en cuenta las operaciones, productos, servicios y contratos que se desarrollan con  sus contrapartes, y  beneficiarios finales, países o áreas geográficas de operación, canales y demás.

 

2. ALCANCE

El alcance de esta política Riesgos de GYJ FERRETERIAS S.A, aplica a accionistas, miembros de la junta directiva, trabajadores, clientes, proveedores, contratistas y compañías donde se posea participación accionaria o se ejerza algún tipo de control.

3. Definiciones
Manual
 
 

4. CONDICIONES GENERALES

El manual SAGRILAFT de GYJ Ferreterías S.A., se actualizará cuando se requiera, teniendo en cuenta los lineamientos generales que deben adoptarse para que esté en condiciones de identificar, evaluar, prevenir y mitigar el Riesgo LA/FT/FPADM y los riesgos asociados, a su vez las modificaciones en la normatividad nacional o internacional, recomendaciones de organismos multilaterales para su ejecución y aplicación, modificaciones emitidas por las Convenciones de las Naciones Unidas o novedades en los procesos y metodologías del mismo. El Oficial de Cumplimiento, colaboradores, asociados, administradores,  demás vinculados o partes interesadas. O de quien haga sus veces la respectiva actualización y posteriormente difusión a toda la empresa, para que los cambios sean conocidos de forma inmediata. De esta forma con la actualización de SAGRILAFT y el cumplimiento cabal de todas las medidas de prevención y control que les permitan tomar decisiones informadas y que faciliten la mitigación del Riesgo LA/FT/FPADM.

 

5. De la Privacidad.

Ningún colaborador en GYJ FERRETERIAS S.A.., podrá dar a conocer que se ha efectuado alguna consulta en las listas cautelares de las contrapartes y/o en su efecto se haya reportado una operación sospechosa por parte del Oficial de Cumplimiento a la UIAF o que alguno de sus   asociados, accionistas, colaboradores, administradores, el revisor fiscal y Oficial de Cumplimiento de la empresa han sido involucrados en cualquiera de las conductas que tipifican tales delitos de Lavado de Activos,  Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM) lo anterior según lo determina el inciso cuarto del artículo 11 de la Ley 526 de 1999 actualizada ley 1762  de 2015.

 

6. Compromiso Programa de Ética Empresarial

GYJ FERRETERIAS S.A., ha establecido en su SAGRILAFT una cultura de cumplimiento, tomando como base del programa de Ética y trasparencia empresarial, sus accionistas, miembros de la Junta directiva, colaboradores, clientes, proveedores, contratistas y demás terceros vinculados con organización, con el fin de que los productos y servicios de GYJ FERRETERIAS S.A.,  no sean utilizados para dar apariencia de legalidad de actividades ilícitas o sirvan para canalizar recursos lícitos o ilícitos destinados a actividades terroristas. En consecuencia, GYJ FERRETERIAS S.A., estará dispuesta a cumplir la obligación de colaborar con todas las autoridades nacionales e internacionales para combatir los delitos de Lavado de Activos,  Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

 

7. Políticas SAGRILAFT

Las Políticas adoptadas por GYJ FERRETERIAS S.A, para el adecuado manejo del SAGRILAFT en lo referente a las etapas y elementos del sistema, son de estricto cumplimiento por parte de los colaboradores de la empresa.

Las políticas serán actualizadas teniendo en cuenta los cambios en la normatividad aplicable a la empresa y las modificaciones que se lleguen a dar sobre sus procesos y que sean aprobadas por la Junta directiva.

 

8. Políticas Generales

La Junta Directiva y los Administradores de la empresa en cumplimiento del sistema de administración del riesgo, define los lineamientos para prevenir los delitos asociados al Lavado de Activos Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva LA/FT/FPADM, así como los demás delitos que se encuentren asociados, que pongan en riesgo el buen nombre, la imagen, la reputación  de la empresa y que pueda llegar afectar las relaciones comerciales y contractuales que se tengan.

 

  • La empresa cuenta con una metodología y procedimientos para la Administración del Riesgo LA/FT/FPADM, los cuales permiten identificar, medir, controlar y monitorear los riesgos inherentes y residuales que puedan afectar a la Compañía.
  • Mantener en permanente funcionamiento el programa de Capacitación basado en la normativa y desarrollo del SAGRILAFT.
  • Las negociaciones comerciales no se antepondrán ante el cumplimiento de las políticas y lineamientos definidos para la administración del riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del terrorismo en este manual.
  • Se adoptarán mecanismos que permitan conservar la información documental de los asociados, los movimientos por entrada y salida de recursos, los reportes a la UIAF, los informes preparados por el Oficial de Cumplimiento, la revisoría fiscal y demás información generada en la ejecución del SAGRILAFT.
  • Reportar ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) las operaciones que se hayan determinado como sospechosas de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y las transacciones en efectivo.
  • La información de las operaciones intentadas o sospechosas relacionadas con el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, serán tratados con estricta confidencialidad, por lo cual no podrá dar a conocer el nombre o la identidad de las personas sobre las cuales se hayan determinado conductas que hayan inducido a la generación del reporte.
  • Efectuar debida diligencia a toda persona natural o jurídica que formalice una relación contractual o legal (Clientes, Trabajadores, Proveedores, Accionistas, Contratistas).
  • Cualquier operación en la que la empresa sea parte, deberá contar con documentación interna y/o externa que explique claramente la naturaleza de las operaciones, la fecha y las aprobaciones impartidas de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos para cada área y procesos de la Compañía.
  • La empresa se abstendrá de contraer vínculos con Clientes, Trabajadores, Proveedores, Accionistas y demás partes relacionadas, que se encuentre en alguna de las listas vinculantes y restrictivas, en todo caso una vez se haya realizado la debida evaluación.
  • Los colaboradores deberán informar de forma inmediata, cualquier operación inusual o sospechosa que identifiquen en ejercicio de sus actividades diarias al Oficial de Cumplimiento.
  • Los empleados y/o terceros que tengan algún vínculo con la empresa, asumen el compromiso y la responsabilidad de atender oportunamente las solicitudes realizadas por el Oficial de Cumplimiento.
  • Todos los integrantes de la empresa son directamente responsables de velar por la ejecución, adecuado cumplimiento y tratamiento de todas las normas relacionadas con este tema y de la eficiencia de las actividades de control interno incorporadas en los procesos de su propiedad en el marco de sus responsabilidades.
  • La empresa contará con bases de datos actualizadas de sus contrapartes, con la autorización respectiva de las contrapartes en ello, para facilitar la realización de los análisis de operaciones inusuales, intentadas y sospechosas. La empresa adoptará las medidas necesarias para buscar que la información contenida en estas bases de datos se encuentre completa y sea consistente con los soportes documentales.

 

9. Divulgación de las Políticas y Lineamientos

El Oficial de Cumplimiento deberá velar para que se divulguen las políticas y lineamientos del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT/FPADM - SAGRLAFT, por medio de la entrega de las mismas en los procesos de inducción y su publicación en la intranet o medios de comunicación oficial y de conocimiento público de la Empresa.

La divulgación de éstas puede hacerse por los siguientes medios:

  • La política LA/FT/FPADM - SAGRLAFT, será publicada en los medios internos de comunicación de la empresa y se prohíbe su reproducción parcial o total y es uso exclusivo de GYJ FERRETERIA S.A
  • De la entrega física en los procesos de inducción y capacitación (debe quedar constancia escrita y firmada del recibo de la citada documentación y su evaluación como indicador de la capacitación), debe reposar en los indicadores de capacitación y formadores.
  • Publicación en Intranet o lugar de acceso público de la política, lineamientos, manual y procedimientos para constante consulta de los colaboradores, debiendo quedar constancia de su lectura inicial.
  • Las principales fuentes de comunicación es la derivada de la responsabilidad de cada funcionario de la empresa, de reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier hecho o situación sospechosa, intentada o inusual que le haga suponer que puede presentarse un intento de lavado de activos o de financiación del terrorismo. Para el efecto, se podrá remitir un correo electrónico a coordinador.riesgos@gyj.com.co
  • Efectuar evaluaciones por escrita o virtual para determinar la lectura y comprensión de las políticas por parte de los colaboradores dentro de los respectivos programas de capacitación e inducción.
  • El oficial de Cumplimiento coordina con la Subgerencia de personal diseñando el  programa de capacitaciones anual, presentadas al oficial de cumplimiento corporativo, para su aprobación.
    El oficial de Cumplimiento presentará al oficial de cumplimiento corporativo el presupuesto de gastos del año, con el fin de autorizar los recursos para sus actividades del mantenimiento del sistema.
    También incluye la definición de comunicaciones y reportes internos y a interesados internos y externos, por lo que la empresa definió los siguientes reportes en el sistema de divulgación de la información:

 

10. Seguimiento y Medición

Un papel principal del oficial de cumplimiento es realizar el seguimiento al funcionamiento del sistema de autocontrol y gestión del riesgo LA/FT/FPADM.

Los resultados de su evaluación se documentarán y se presentarán a Contraloría, Representante Legal y a la Junta directiva.

Dicha evaluación realizada por el oficial de cumplimiento tiene como propósito monitorear los riesgos, la efectividad del plan de tratamiento de los riesgos, las estrategias y el sistema de administración que se establece para controlar la implementación. Así mismo, busca determinar los cambios en las prioridades de los riesgos, dado que pocos riesgos permanecen estáticos.

Siguiendo los presentes lineamientos la empresa definió los siguientes mecanismos de monitoreo:

·         Consulta en listas restrictivas (ver política sobre la consulta en listas)

·         Análisis e Investigación de alertas e inusuales: Cuya responsabilidad es del Oficial de Cumplimiento y de los colaboradores que realizan los filtros de seguridad la debida diligencia intensificada. 

·         Revisiones periódicas – Bimestral, trimestral o semestral de los riesgos definidos en el sistema para determinar si su impacto y probabilidad siguen siendo los identificados y si existen nuevos riesgos no incluidos. Con el resultado de esta verificación se tomarán las medidas correspondientes para mitigar el riesgo de LA/FT/FPADM.

 

11. Política de Consulta de listas Restrictivas
Por parte de la empresa deberán ser actualizadas cada vez que se presenten modificaciones a las mismas.

La consulta en listas restrictivas, no exime a la empresa de revisar información complementaria como parte del debido conocimiento de sus contrapartes, como lo son los boletines de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República, requerimientos de autoridades e información de investigados y/o condenados por lavado de activos, de procesos de extinción de dominio, así como de otros delitos fuentes o conexos.

La empresa realizará las consultas y cruces de contrapartes con las siguientes listas restrictivas de personas o entidades que pueden estar vinculadas con actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo:

a.    Más de las 213 listas incluidas las del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas restrictivas (de ahora en adelante “Lista ONU”);  Lista OFAC y otras bases de datos establecidas para la prevención del lavado de activos y/o la financiación del terrorismo.

b.    Estas consultas se efectuarán antes de la vinculación de las contrapartes (clientes, proveedores, empleados y directivos).

c.     También se verificarán las contrapartes en listas restrictivas cada vez que se realice una actualización sobre las mismas, según las políticas y procedimientos que al respecto tenga definidos la empresa.

d.    Si el Cliente o Proveedor es catalogado como de riesgo alto, la consulta se deberá hacer cada dos meses. Si es riesgo medio, cada tres meses y riesgo bajo cada 12 meses.

e.     En relación con los empleados de GYJ FERRETERIAS S.A, la verificación se hará de forma semestral.

f.      Los Clientes o Proveedores que tengan PEP (nacionales e internacionales) o que se encuentren ubicados en paraísos fiscales, se verificarán cada 6 meses.

 

·       Las verificaciones en listas restrictivas se harán sobre la razón social, NIT de la contraparte y sobre el nombre y la identificación de su representante legal, miembros de Junta Directiva, revisor fiscal, contador y demás beneficiarios según cámara de comercio….

·       La Empresa deberá tener adecuado conocimiento de los beneficiarios reales y/o controlantes de las respectivas contrapartes. Incluyendo aquellas personas que tienen el control efectivo final sobre una persona jurídica o titulares. 

·       La empresa se abstendrá de vincular contrapartes que se encuentren reportados en estas listas, o se encuentren vinculados en una investigación penal con formulación de acusación, o reportados por organismos de supervisión como la Superintendencia Financiera de Colombia, la Superintendencia de Sociedades, entre otras entidades, así como en la UIAF, por actividades   que se puedan catalogar como lavado de activos y/o financiación del terrorismo.

·       Ningún empleado podrá autorizar operación alguna, servicio, apoyo o celebración de contratos de ningún tipo con las personas y empresas que aparezcan en las listas restrictivas.

 

12. Política de Privacidad

Ningún colaborador en GYJ FERRETERIAS S.A, podrá dar a conocer que se ha efectuado el reporte de una operación sospechosa por parte del OFICIAL DE CUMPLIMIENTO y este a su vez a la UIAF o que alguno de sus colaboradores, administradores, el revisor fiscal y Oficial de Cumplimiento de la Empresa han sido involucrados en cualquiera de las conductas que tipifican tales delitos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, Contrabando y Soborno transnacional, lo anterior según lo determina la Ley 1121 de 2006.

 

13. Política de conocimiento y vinculación Proveedores Nacionales y exterior, Contratistas, Clientes Nacionales y exterior, Empleados y Accionistas.

La empresa definió los mecanismos para implementar, mantener, cumplir y controlar las políticas o lineamientos para el conocimiento de contrapartes y/o beneficiario finales, desde su selección, vinculación, permanencia, hasta el cese de relaciones, así como del monitoreo de operaciones, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el SAGRILAFT y demás normas establecidas para tal fin.

Adicionalmente, deberá prever procesos que permitan llevar a cabo un efectivo, eficiente y oportuno conocimiento de los clientes actuales y potenciales, conocer el origen de sus recursos, verificar datos de contacto económico, así como la verificación de la información suministrada y sus correspondientes soportes. 

Sin excepción de los procedimientos citados,  para la vinculación de los clientes y actualización es responsabilidad de cartera entrar a verificar con la plataforma herramienta de listas restrictivas, dejando evidenciado la debida diligencia, como se evidencia el procedimiento existente.

 

14. Lineamiento para vinculación de accionistas, asociados, clientes, empleados, contratistas y proveedores nacionales y del exterior:

En toda vinculación de alianza a GYJ Ferreterías S.A, se deberá diligenciar sin excepción los siguientes formatos: formato AR-R-030 “Formulario de Conocimiento de Proveedores; Contratistas nacionales, Terceros y Accionistas” para el caso de la vinculación de asociados, accionistas y proveedores nacionales y del exterior, formato CA-R-003 “Crediexpress” para el caso de la vinculación de clientes, formato AR-R-027 “Formulario de Conocimiento de Empleados Temporales y Directos” para el caso de la vinculación de empleados tanto directos como temporales. La información consignada en dichos formatos debe ser actualizada anualmente. Para este efecto, la actualización se podrá realizar de forma física, electrónica, a través de una llamada o por cualquier medio verificable.

 

15. Lineamiento para relación entre colaboradores con clientes y proveedores nacionales y del exterior:

Todos aquellos colaboradores que tengan relación directa o indirecta con clientes o proveedores nacionales o del exterior, estarán obligados a aplicar las medidas de prevención, control y los procedimientos señalados en el Manual del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos,  Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva- SAGRILAFT de acuerdo a los estatutos referentes a los conflictos de interés mencionados en el Código de Buen Gobierno de GYJ Ferreterías S.A., artículo quinto “Prevención, manejo y divulgación de los conflictos de interés entre los accionistas los Directivos Altos Ejecutivos, Administradores y Empleados”, además de reportar cualquier acto o conocimiento de situación relacionada con los delitos de Lavado de Activos,  Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM)

 

16. Lineamiento para relación entre Colaboradores con Clientes Nacionales y del exterior y Proveedores Nacionales y del exterior

Todos aquellos colaboradores, que tengan relación directa o indirecta con clientes o proveedores nacionales o del exterior, estarán obligados a aplicar las medidas de prevención, control y los procedimientos señalados en el Manual del  Sistema de Administración del Riesgo LA/FT/FPADM, de acuerdo a los estatutos referentes a los conflictos de interés mencionados en el Código de conducta  de GYJ FERRETERIAS S.A, “Prevención, manejo y divulgación de los conflictos de interés colaboradores, además de reportar cualquier acto o conocimiento de situación relacionada con los delitos de Lavado de Activos/FT/FPADM.

 

17. Política Debida Diligencia

Para la ejecución de la debida diligencia, se encuentra encaminada a prevenir que la empresa sea utilizada como instrumento para realizar actividades u operaciones relacionadas con el Lavado de Activos Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva LA/FT/FPADM. Para lo cual el líder del proceso identificará los riesgos de sus operaciones y reportará al Oficial de Cumplimiento tal hallazgo, esta debida diligencia deberá efectuarse de manera intensificada.

Para garantizar el cumplimiento y las disposiciones contenidas en la norma, se deberá intensificar la debida diligencia mediante un mecanismo o herramienta que permita consultar los antecedentes fiscales, disciplinarios, judiciales, administrativos y listas vinculantes, que permitan conocer a la persona natural o jurídica que se va a vincular con la empresa.

Por lo anterior como mínimo anualmente, se efectúa la actualización de documentos de acuerdo con las siguientes medidas específicas:

 

18. Políticas de Sanciones 

En su incumplimiento o violación a las políticas y normas de SAGRILAFT, contenidas en este documento, constituye una falta grave, según RIT (Reglamento interno de trabajo). En consecuencia y en los casos en que haya lugar, se aplicarán los procedimientos y las sanciones establecidas por el Reglamento Interno de Trabajo y se seguirá el procedimiento señalado en el Programa de ética empresarial y Código de Ética.

·       En la divulgación de esta política a los colaboradores, se darán a conocer las sanciones que acarreará el no cumplir y acatar las políticas y normas relacionadas.

·       Es responsabilidad de la empresa, verificar que los colaboradores cumplan a cabalidad con las instrucciones impartidas y que cualquier información relacionada con el LA/FT/FPADM, se ponga de manera inmediata en conocimiento del Oficial de Cumplimiento.

·       El Oficial de Cumplimiento con apoyo de Contraloría, informa al colaborador y al jefe inmediato la ocurrencia del evento de su  incumplimiento especificando el procedimiento o política.

·       El Gerente de UNES y Dir TH proceden a citar al colaborador presuntamente implicado y al Oficial de Cumplimiento, para escuchar en versión libre de los hechos, con el fin de contar con elementos de juicio para tomar la decisión de la sanción, según procedimiento.

·       Una vez el colaborador implicado ha dado su versión, el Gerente de UNES , Dir TH y el oficial de cumplimiento analizan la gravedad de la falta, elaboraran la justificación y definirán la sanción a ser aplicada de acuerdo con el régimen sancionatorio vigente y el reglamento interno de trabajo de GYJ FERRETERIAS S.A, 

·      Una vez se cuente con la decisión está es notificada al respectivo colaborador, y posteriormente aplicada.

 

19. Política de actualización de información de contrapartes – Beneficiario final.

Como parte de la debida diligencia intensificada en el conocimiento de las contrapartes y de su información relacionada, la empresa deberá realizar procesos de actualización como mínimo de forma anual, siempre y cuando en las políticas y procedimientos relacionados con la creación, selección, contratación o vinculación de contrapartes no se defina una periodicidad menor en caso de presentarse circunstancias que lo ameriten.

 

20. Política de beneficiario final

La empresa define que ha tomado las medidas razonables de seguridad y control, siguiendo los lineamientos normativos expedidos por la Dian resolución 100-000016 de 2021, para afirmar que todos los beneficiarios finales accionistas o socios directa o indirectamente  más del 5% de capital social, aporte o participación para verificar la identidad del beneficiario final hasta llegar a la persona natural que ejerce control final sobre la empresa.

 

21. Política de conservación de documentos

Los documentos que soporten las operaciones sospechosas o intentadas reportadas a la UIAF, así como los AROS, la información de registros de transacciones y documentos del conocimiento de las contrapartes, se deben conservar como mínimo por diez (10) años, dado que pueden ser solicitados por las autoridades competentes, de conformidad con la política definida por la empresa para el efecto. Para la destrucción de los mismos, se deberá contar con la autorización expresa y por escrito del Oficial de Cumplimiento

 

22. Política de comportamientos de SAGRILAFT

Los Empleados desarrollarán sus actividades, dentro del marco del cumplimiento de los principios éticos descritos en el Código de Ética y Programa de trasparencia de ética empresarial que debe primar en todas las actividades del negocio sobre las metas personales y comerciales, procurando el mejor desarrollo del objeto social, en un marco de transparencia y cumplimiento estricto de las normas y procedimientos internos y de prevención y monitoreo de los riesgos de lavado de activos/FPADM.

Es deber de la empresa, sus directivos, oficial de cumplimiento y demás colaboradores asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y controlar el riesgo LA/FT/FPADM, particularmente las contenidas en las normas legales con el propósito no sólo de contribuir a la realización de los fines del Estado y de cumplir la ley, sino de proteger la imagen y la reputación nacional e internacional.

Con respecto al lavado de activos todos los colaboradores deberán regirse por los siguientes principios:

·         Sin duda todos los colaboradores deben conocer y actuar conforme con lo aquí indicado.

·         Además de lo contemplado en este documento, es responsabilidad de cada colaborador reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier hecho o situación intentada, sospechosa o inusual que le haga suponer que puede presentarse un intento de lavado de activos/FPADM. 

·         Los colaboradores deberán anteponer el cumplimiento de las normas en materia de prevención de lavado de activos FT/FPADM y/o, al logro de las metas comerciales o de costos de adquisición de productos y servicios. 

·         El Oficial de Cumplimiento deberá brindar todo el apoyo necesario a los colaboradores  que se encuentren frente a una situación de conflicto de interés o de riesgo de participar en una conducta de lavado de activos originada en estas actividades comerciales o de compras de bienes y servicios.

·         Los colaboradores no podrán dar a conocer a las contrapartes que hayan efectuado o intenten efectuar operaciones sospechosas o intentadas en los términos señalados por la Ley, que se ha reportado a la UIAF información sobre ellas. De igual forma la empresa deberá guardar reserva respecto a esta información y/o documentación.

 

23. Política de Capacitación y Formación SAGRILAFT

En coordinación con el Contraloría la empresa programara y coordinar planes de capacitación sobre el SAGRILAFT dirigidos a aquellos colaboradores que la empresa considere pertinente su capacitación, y grupo de interés (clientes, colaboradores, proveedores, accionistas, contratistas, aliados), con el fin de dar cumplimiento a la política de SAGRILAFT, así mismo, se deberá capacitar durante el proceso de inducción a los nuevos colaboradores, estos quedaran evidenciados en el registro de capacitación con el resultado de la eficiencia en el mismo y el cumplimiento del indicador, estos son archivados según procedimiento.

Así mismo se divulgara frecuentemente la gestión de riesgos por la intranet plataforma corporativa, creando conciencia y cultura de pensamiento en riesgos, en temas de complaince (SAGRILAFT, OEA, PDD, PTE (programa de trasparencia de ética empresarial), riesgos operativos, seguridad de la información, estratégicos, continuidad de negocio, prevención antifraude, y control interno frecuentemente, se desarrollara bajo el modelo de capacitación miércoles de riesgos.

 

24. Política Integral del Sistema de Administración de Riesgos

Se compromete a administrar los riesgos estratégicos, operativos, de Tecnología, SAGRILAFT y Continuidad de Negocio en todos sus niveles (estratégico, misional, apoyo y control) utilizando las mejores prácticas en gestión de riesgos, generando planes de acción y formando parte de su direccionamiento estratégico